Desconexión digital en el trabajo

La Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales, vigente desde el 7 de diciembre de 2018, regula por primera vez el derecho a la desconexión laboral.

Este derecho a la desconexión recogido en el artículo 88 de la ley establece la obligación de garantizar a los trabajadores, fuera del tiempo legalmente establecido, el respeto a su descanso, vacaciones y permisos, así como a su intimidad personal y familiar, y para ello, la jornada laboral no ha de ser sobrepasada a través de la utilización de medios electrónicos puestos a disposición del trabajador.

[bctt tweet=”Derecho a desconectar del trabajo en vacaciones” username=””]

Empresas y trabajadores deben adecuarse a esta nueva regulación que está cambiando muchos parámetros de la relación laboral. Las relaciones laborales se ven muy condicionadas por los cambios tecnológicos y es necesario que la norma se adecue.

Banner yatalent mejores abogados laboralistas Madrid