Desde el 12 de mayo de 2019 serña obligatorio que la empresa registre la jornada de todos los trabajadores
Esta obligación aplicará tanto para los empleados a jornada completa como a tiempo parcial.
[bctt tweet=»¿Como registrar la jornada de trabajo?» username=»»]
La jornada podrá registrarse mediante cualquier sistema acordado entre empresa y trabajadores. En todo caso, deberá incluir al menos la siguiente información: mes, día, año, nombre y apellidos del empleado, hora de entrada y hora salida y la firma personal del trabajador.
La empresa deberá conservar y custodiar esos datos de jornada durante cuatro años y ponerlos a disposición de la Inspección de Trabajo, empleados y sus representantes.
La no realización del control de jornada se considera infracción grave, sancionable con multa de entre 626 y 6.250 euros por cada trabajador y visita de la Inspección de Trabajo en que se aprecie la infracción.