La disparidad de sentencias de los Juzgados de lo Social y la multitud de noticias enfocadas desde una perspectiva diferente nos impiden tener un criterio.
Septiembre de 2018, Glovo gana su primera sentencia en los Juzgados de lo Social de Madrid (Juzgado Social 39 refuerzo Madrid) frente a un repartidor autonómo que demandó por despido. El juzgado concluyó que se trataba de un empleado autonómo. Poco depués, en el Juzgado Social 17 de Madrid, Glovo consigue su segunda victoria.
Pero el Juzgado Social 33 de Madrid cambia de postura y se alinea con las tesis de la Inspección de Trabajo, dictaminando contra Glovo y considerando que sus repartidores son falsos autónomos. Así, la sentencia determina que la relación de un repartidor con la empresa de reparto a domicilio es propia de un asalariado, no de un autónomo.
[bctt tweet=”¿Son falsos autónomos los repartidores de Glovo y Deliveroo?” username=””]
Así que tenemos sentencias dispares y total ausencia de criterios jurisprudenciales previos. Habrá que esperar a las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid resolviendo los recursos de suplicación interpuestos. En ese momento, habrá un soporte más fundamentado que se decantará hacia uno u otro lado (autónomos o empleados).
A la espera de lo anterior, la reciente sentencia de la Audiencia Nacional contra Telepizza anulando el sistema que obligaba a sus repartidores a aportar sus propios teléfonos en los que se descargaban una app que permitía a la compañía geolocalizar a los motoristas durante su jornada laboral no ayuda mucho a las plataformas digitales.
Precisamente, la geolocalización es el punto en el que la sentencia sobre Telepizza coincide con la que califica como trabajadores de Glovo a sus riders. Los Juzgados de Social de Madrid entienden que el sistema de geolocalización de los mensajeros es un medio de control de su comportamiento, permitiendo a la empresa conocer en todo momento dónde se encuentran y teniendo la capacidad de transmitir esta información a los clientes y proveedores.
La incertidumbre para las plataformas y negocios digitales es máxima y se se encuentran a la espera de próximos pronunciamientos judiciales ante la ausencia de una norma reguladora especifica de su sector.