Ausencias y retrasos causas más fáciles de despido

La entrada en vigor del nuevo control horario mejora sustancialmente la posición de la empresa en los despidos disciplinarios por ausencias y retrasos.

Que los retrasos y ausencias en el trabajo son causa de despido disciplinario no es ninguna novedad. Pero tampoco lo es que resulta muy complicado probar en juicio los retrasos en la llegada al trabajo o las ausencias.

También ha sido siempre difícil probar la no asistencia del trabajador a su puesto en casos de dimisión o su no seguimiento de órdenes de traslado a un nuevo centro de trabajo. Pero toda esa dificultad en la prueba ha cambiado en favor de la empresa con el nuevo control horario regulado en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores y que entra en funcionamiento este domingo, 12 de mayo de 2019.

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El gran inconveniente para la empresa en los despidos disciplinarios por ausencias o retrasos era probar ambos motivos, debiendo recurrir a testigos presenciales, intervenciones notariales, análisis de equipos informáticos, etc. Casi siempre se evitaba despedir a un empleado por restraso o ausencias por este motivo.

Sin embargo, desde el día 12 de mayo de 2019, todos los trabajadores tienen la obligación de fichar conforme al sistema que se establezca en su empresa. Por tanto, existe constancia de los retrasos y ausencias sin necesidad de acudir a otros medios de prueba.

Sin duda, una de las ventajas para la empresa del nuevo sistema de control horario será la prueba en ciertos despidos disciplinarios como los referidos por retrasos o ausencias.

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