Conocer mediante GPS la posición de un trabajador no vulnera su intimidad y además puede ser utilizado como prueba para fundamentar su despido.
En el supuesto que tratamos, se despide a un inspector de una contrata de limpieza por usar la furgoneta de la empresa fuera de su zona de trabajo. Se localizaron los movimientos del trabajador por el GPS que llevaba la furgoneta. El trabajador se opone al despido alegando que se ha vulnerado su intimidad y otros derechos fundamentales. Analizado el caso, la empresa gana y el despido se califica como procedente.
[bctt tweet=”Es legal localizar al trabajador mediante GPS” username=””]
La sentencia indica que por el hecho de que el vehículo del empleado fuera controlado con un GPS no se vulnera su derecho a la intimidad. La empresa había instalado un GPS de localización de los vehículos autorizados por la Agencia de Protección de Datos. El trabajador sabía que se había instalado ese GPS en su vehículo puesto que usaba la plataforma de localización para controlar a los trabajadores adscritos a su turno.
La sentencia concluye que se cumplían con plenitud las obligaciones constitucionales y legales, aunque el trabajador no pensara, por su condición de inspector, que también le podían controlar, sin que haya que especificar, más allá de la mera vigilancia, la finalidad exacta que se le ha asignado a ese control, por lo que las pruebas así obtenidas eran lícitas y el despido se considera procedente.