Telepizza no podrá geolocalizar a sus empleados

La Audiencia Nacional impide a Telepizza obligar a su plantilla a facilitarle sus móviles para geolocalizarles

La sentencia anula un proyecto creado por Telepizza llamado “tracker reparto” que exigía a los trabajadores que descargaran una App en sus propios móviles para ser localizados por la empresa. Esta medida es rechazada por la sentencia aludiendo los siguientes motivos:

  • Atenta contra la privacidad de los empleados
  • Supone un abuso de derecho
  • No ha respetado el derecho de información y consulta de los representantes sindicales

La sentencia también considera ilegales las condiciones incluidas en los contratos que ponen como condición para la relación laboral que el empleado facilite su móvil personal y se descargue la aplicación para realizar ese seguimiento. Ahora Telepizza no podrá despedir o sancionar a sus trabajadores por ese motivo.

La Audiencia Nacional tumba el sistema de Telepizza que obliga al repartidor a facilitar su móvil para estar geolocalizado Clic para tuitear

En junio de 2018 la empresa comenzó a aplicar este nuevo sistema de geolocalización de los pedidos. El motivo era dar un mejor servicio a los clientes y organizar el reparto de manera más eficaz. El mayor competidor de Telepizza, Domino’s Pizza, disponía de un mecanismo de tracking similar.  También empresas como Glovo y Delivero, por lo que consideraban necesaria su implementación.

Ese seguimiento se efectuaba a través del móvil de cada trabajador, resarciéndole con una cantidad fija al mes por el desgaste y uso de datos (unos 3,30 euros).

En el contrato que firmaban los nuevos empleados se imponía la obligación de facilitar su móvil y descargar la aplicación creada para activarla en cada pedido. Y la empresa podía cancelar el contrato en caso de que se negaran a hacerlo o no pudieran cumplir la obligación, por avería del móvil, por ejemplo.

Se interpuso una denuncia por los sindicatos aludiendo a que Telepizza impuso unilateralmente esta nueva política comercial sin ningún tipo de negociación. En esa denuncia se solicitaba la anulación del proyecto llamado tracker reparto y de las condiciones abusivas incluidas en los contratos por las cuales los repartidores estaban obligados a facilitar su propio smarphone. Y a usar la aplicación de seguimiento de pedidos para realizar su actividad laboral. 

Ahora la Audiencia Nacional entiende que el proyecto tracker aplica medidas desproporcionadas sin informar correctamente a los trabajadores y considera que las medidas impuestas por Telepizza resultan desproporcionadas ya que podría haber conseguido el fin perseguido con otras medidas menos invasivas para su privacidad (por ejemplo, integrando el geolocalizador en la motocicleta de los repartidores).

La medida se considera además ilegal por incluir en el contrato un sistema de infracciones y sanciones al margen del Estatuto de los Trabajadores y del convenio colectivo.

Por todo esto, la Audiencia Nacional anula el proyecto impugnado, las cláusulas contractuales que obligan al trabajador a aportar su móvil en beneficio de la empresa, así como las medidas disciplinarias previstas en el citado proyecto.

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